La familia de la inspectora que murió atropellada por Veppo repudió la reducción de pena
La familia de Cinthia Choque, la agente de tránsito que murió atropellada por el periodista Eugenio Veppo cuando realizaba un control en el barrio porteño de Recoleta en 2019, repudió hoy el fallo que le redujo la pena al condenado a 5 años y 10 meses de prisión por considerar que se trató de un «homicidio culposo» y no con «dolo eventual».
Tanto en declaraciones a la prensa realizadas por una hermana de la víctima, como en una carta familiar, los Choque se manifestaron indignados la decisión de la Justicia.
«La verdad que es increíble, nosotros no podemos creer, sinceramente repudiamos el fallo, no podemos creer que habiendo tantas pruebas se sigan tomando los hechos viales como un accidente, como que no se representó el hecho, nada, es terrible», dijo Gabriela, hermana de Cinthia, en diálogo con el canal Todo Noticias.
La hermana de Choque (28), quien murió al ser embestida por Veppo cuando realizaba un control de tránsito con su compañero Santiago Siciliano (34), que sobrevivió aunque sufrió heridas de gravedad, cuestionó la decisión de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, que redujo la pena de 9 años y 3 meses de prisión aplicada al periodista el cabo de un juicio oral realizado en 2021.
Y, junto al resto de su familia, difundió una carta en la que expresa su rechazo: «Que la vida te golpea, es cierto…pero más duele cuando es la Justicia la que te da la espalda», comienza el texto al que accedió Télam.
«En su momento nos sentimos desamparados cuando el Fiscal Fernando Klappenbach después de dar hasta el más mínimo detalle de lo destrozada que había quedado Cinthia y como iba zigzagueando a gran velocidad Eugenio Veppo, dijo que era un homicidio culposo pidiendo una pena de 5 años y 10 meses», continúa el escrito.
Y sigue: «Hoy los jueces de la Cámara de Casación siguieron con esta línea dando marcha atrás con lo dispuesto en el juico (…) Dicen que no hay pruebas para decir que Veppo se representó la posibilidad de causar daño y por eso tiene derecho de la duda, de la presunción de inocencia, por esto le rebajan la pena».
«Todo es totalmente injusto, están las pruebas, están los videos. ¿Qué más hace falta? A él hay que respetarle los derechos! Y a Cinthia? Y a sus hijas? Señores jueces, Veppo le quitó el derecho a la vida a Cinthia», añade el escrito.
Por tal motivo, en la carta la familia enfatizó: «Repudiamos este fallo, repudiamos el mensaje que se da a la sociedad. Pero sobre todo nos duele en el alma que no haya justicia para Cinthia y sus hijas».
Y concluye: «Una vez más…liberan a un asesino al volante, a Eugenio Veppo! Autor de destrozar a una familia y dejar a dos niñas sin los besos y abrazos de su mamá. Prohibido olvidar, Cinthia Choque presente, ahora y siempre. Eugenio Veppo asesino. Cinthia nunca estuvo ni estará sola. Se puede evitar, no es un accidente».
En tanto, en la entrevista televisiva Gabriela dijo que ahora la familia debe analizar detalladamente si va a presentar un recurso ante la Corte Suprema.
«Es todo a favor de él, sinceramente le tengo que ir a pedir disculpas porque estuvo encerrado, nada, la vida de mi hermana no importa nada, la de mi sobrina menos, es un manoseo, un desamparo total», se lamentó.
El fallo, dictado por unanimidad por la Sala I de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Gustavo Bruzzone, Jorge Luis Rimondi y Mauro Divito, redujo la sentencia de primera instancia a 9 años y 3 meses de prisión que en 2021 había dictado a Veppo un tribunal oral por la muerte de Choque y las heridas sufridas por Siciliano.
Tras la nueva resolución judicial, el abogado Diego Szpigiel, representante del acusado que está preso en la cárcel de Ezeiza, dijo a Télam que esta semana pedirá la «excarcelación en términos de libertad condicional y que se le aplique la Ley de Estímulo educativo».
En un fallo de 42 páginas, los camaristas consideraron que el caso sea encuadrado como un «homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas, por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor, y por haberse dado a la fuga sin intentar socorrer a las víctimas, conducir en exceso de velocidad de más de 30 km/h por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, y con culpa temeraria».
De esta manera, Casación relativizó los argumentos del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 14 que para sostener el «dolo eventual» había tenido en cuenta el exceso de velocidad -132 kilómetros por hora promedio, según peritajes-, el cruce de dos semáforos en rojo, las maniobras imprudentes en «zigzag» y la ingesta de alcohol en una cena previa.
El hecho ocurrió alrededor de las 3.35 del 8 de septiembre de 2019, cuando Veppo que iba junto a un amigo y una amiga rumbo a un boliche de la costanera porteña, conducía su Volkswagen Passat V6 FSI 4 Motion con caja automática, que había adquirido el día previo.
Cuando se trasladaba por la avenida Del Libertador, metros antes de llegar a la intersección con la calle Tagle, donde se había montado un control de tránsito, y después de pasar a alta velocidad por la derecha a un taxi, Veppo embistió con la parte delantera derecha de su rodado a Choque y a Siciliano, provocando la muerte de la primera y ocasionando lesiones gravísimas al segundo.